Abstract
<jats:p><p>Pocas cuestiones est&aacute;n m&aacute;s de actualidad que las referidas a la corrupci&oacute;n, en cualquiera de sus facetas, y su evidente conexi&oacute;n con la llamada &ldquo;delincuencia econ&oacute;mica&rdquo; y los fen&oacute;menos de la globalizaci&oacute;n. De ah&iacute; que en la investigaci&oacute;n de la criminalidad econ&oacute;mica en las &uacute;ltimas d&eacute;cadas la atenci&oacute;n se ha dirigido muy intensamente hacia la corrupci&oacute;n, no solo en relaci&oacute;n con la corrupci&oacute;n econ&oacute;mica internacional, habl&aacute;ndose de un mercado negro de transacciones financieras en el que juega un papel considerable sobre todo el blanqueo de capitales, sino, m&aacute;s modernamente, con los fen&oacute;menos de corrupci&oacute;n en el &aacute;mbito privado. La penalizaci&oacute;n de la corrupci&oacute;n en el sector privado no es en absoluto un fen&oacute;meno excepcional en el &aacute;mbito del Derecho comparado.</p> <p>Es m&aacute;s que evidente que la corrupci&oacute;n y el blanqueo de capitales est&aacute;n intr&iacute;nsecamente vinculados. Al igual que otros delitos lucrativos, los de corrupci&oacute;n se cometen con la finalidad de obtener una ganancia personal. La lucha contra el blanqueo de capitales es la piedra angular del objetivo m&aacute;s amplio de lucha contra la delincuencia grave &ndash;incluida la corrupci&oacute;n&ndash;, al privar a los delincuentes de sus beneficios il&iacute;citos y perseguir a quienes contribuyen al blanqueo de esas ganancias.</p></jats:p>